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Jubilación para ex combatientes de Malvinas

1

Los afiliados obligatorios, excombatientes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que hayan participado en las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el denominado Teatro de Operaciones Malvinas o aquellos que hubieran entrado efectivamente en combate en el área de Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S), que hayan prestado 20 (veinte) años efectivos trabajando con aportes pagos y tengan como mínimo 45 (cuarenta y cindo) años de edad tendrán derecho a la jubilación ordinaria.

2

Los recurrentes justificarán su participación con la debida certificación prevista en el decreto nacional Nº 2634/90.

3

No podrán acceder al beneficio o mantenerlo quienes hubiesen sido condenados por delitos de lesa humanidad.

1

Documento de identidad y fotocopia del mismo

2

Foja de servicios y plancha técnica de cómputos(lo entrega la Dirección General de Personal de la Municipalidad de Rosario o ente autarquico donde se desempeñe al afiliado)

3

Libreta de matrimonio y fotocopia de la misma

4

Documento de identidad del cónyuge y fotocopia del mismo

5

Si estuviera separado judicialmente, copia de la sentencia judicial

6

Documento de identidad de los hijos menores y/o discapacitados y fotocopias

7

Partida de nacimiento de los hijos menores y/o discapacitados y fotocopias

8

Fotocopia de la disposición judicial para el otorgamiento de guardas, tutelas o tenencias de menores.

9

Certificado de concurrencia a establecimientos de enseñanza oficial o privada reconocidos.

10

Constancia de la no percepción de asignación familiar por el cónyuge, si trabaja en relación de dependencia. Si el contuge trabaja en forma independiente,presentar boleta de depósito de autónomos o monotributo, caso contrario debe gestionar el pago de Subsidio Familiar

11

Certificación y/o Reconocimiento de servicios foráneos(en caso de haber trabajado bajo otro régimen que no sea Municipal)

12

Informe de historia laboral Anses

13

Solicitar Clave Fiscal en AFIP

14

Constancia de las Fuerzas Armadas que acredite participación en el conflico bélico

15

Constancia que acredite no haber sido condenado por delitos de lesa humanidad

16

Solicitar turno previamente a través de nuestra página web: www.impsr.gob.ar o a través de nuestro whatsapp: 3416174634

Consultas


Comunicate al (0341) 5587023