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Asignación anual escolar

Se abonará una ayuda única, con los haberes del mes de febrero en base a la documentación obrante del ciclo lectivo anterior.

Los interesados deberán aportar los certificados de inicio del ciclo lectivo correspondiente a cada año hasta el 31 de mayo del mismo y de no hacerlo se descontará el importe abonado, en forma mensual en las plantillas orinarias de pago, a partir del mes de junio, en cuotas que no excedan de 20% de los haberes que correspondan.

Las presentaciones de certificados con posterioridad al 31 de mayo no rehabilitarán el pago de esta asignación.

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